lunes, 4 de abril de 2016

COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), ante la Acción de  Amparo contra la implementación del Voto Electrónico en 30 distritos de Lima y Callao en las presentes Elecciones Generales y Parlamento Andino 2016, interpuesta por el señor ERICK AMÉRICO IRIARTE AHON, expone a la opinión pública lo siguiente:

El párrafo cuarto del artículo 31° de la Constitución Política del Perú señala “El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los 70 años. Es facultativo después de esa edad”.

La connotación secreta del voto de los ciudadanos ha sido preservada en todos los componentes del Sistema de Voto Electrónico  que viene implementando la ONPE desde el 2011.

A efectos de garantizar el derecho al sufragio de todos los ciudadanos y conforme a la Ley Orgánica de Elecciones, únicamente los electores con alguna discapacidad, a su solicitud, pueden ser acompañados por una persona de su confianza para ser asistidos en ese acto, no por un coordinador o personal de la ONPE como se viene intentando desinformar. El mismo procedimiento está contemplado en la votación convencional.

Por ende, rechazamos y descartamos totalmente que la implementación del Voto Electrónico pueda “vulnerar” el derecho de todo ciudadano a emitir su voto de manera secreta, no existiendo, además, posibilidad  de manipulación de los votos emitidos en este sistema de sufragio, como sustenta de manera equivocada el demandante.

La solución tecnológica del voto electrónico a aplicarse en estas elecciones cuenta con mecanismos que garantizan la total confidencialidad a la hora de sufragar, pues imposibilita la trazabilidad, es decir, que se pueda rastrear el Documento Nacional de Identidad (DNI) y conocer por quién votó cada elector.

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