jueves, 28 de abril de 2016

Partidos políticos que pasan a Segunda Elección Presidencial expondrán planes de gobierno mediante la franja electoral

Los dos partidos políticos que participarán en la Segunda Elección Presidencial 2016 del 5 de junio próximo podrán difundir sus planes de gobierno mediante la franja electoral, la cual  tendrá una duración de hasta dos minutos y será distribuida en forma igualitaria, informó hoy la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) En la Resolución Jefatural N° 97-2016, el organismo electoral precisó los lineamientos de la franja electoral para la Segunda Elección Presidencial, entre los cuales fija que este espacio gratuito será difundido diariamente entre las 19:00 y las 22:00 horas. Para este efecto, el organismo electoral sorteó hoy el orden de aparición en la franja, estableciéndose que primero saldrá el partido político Fuerza Popular y luego el partido político Peruanos Por el Kambio. El acto se desarrolló según el procedimiento aprobado por Resolución Jefatural N°00013-2016, con presencia de los personeros legales de ambos partidos políticos participantes en la Segunda Elección Presidencial 2016 y de un Notario Público que dio fe del acto. El organismo electoral informó también que la duración y frecuencia de la franja electoral está sujeta a la disponibilidad presupuestal con que cuente.
La franja electoral es el espacio en estaciones de radio y televisión, de propiedad privada o del Estado, al que tienen acceso de manera gratuita los partidos políticos y alianzas electorales que participan en el proceso electoral en que se elige al Presidente y Vicepresidentes de la República con el objeto de que difundan sus planes y propuestas de gobierno.
En el contenido del material que las organizaciones políticas difundan en la franja electoral podrán exponer detalles de su plan de gobierno, diagnóstico y visión de desarrollo del país, lineamientos políticos, acciones estratégicas y metas en el ámbito nacional.
Está prohibido el uso de logotipos, isotipos y slogans vinculados a las entidades del Estado y organismos constitucionales autónomos, el uso de símbolos patrios nacionales o extranjeros, ofender o agraviar con palabras o gestos y perjudicar el honor o la reputación de las personas, además de incitar a la violencia o hacer apología del delito.
Tampoco se puede hacer alusión o referirse a los planes de gobierno, candidatos, listas u organizaciones políticas que participan del proceso electoral distintas a las que pertenece.

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