martes, 22 de noviembre de 2016

Partidos políticos con representación en el Congreso tendrán “espacio no electoral” gratuito para difundir sus propuestas y planteamientos


La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sorteó el orden en que aparecerán seis partidos políticos en el espacio no electoral que regirá hasta la próxima elección presidencial, a fin de difundir  sus propuestas y planteamientos de manera gratuita en radio y televisión estatales.

El sorteo, desarrollado por la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE, se realizó en presencia de representantes del Jurado Nacional de Elecciones
,  Defensoría del Pueblo y del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, así como de los partidos políticos Acción Popular y del Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad.

Concluido el acto público, el orden quedó como sigue: El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad; Peruanos por el Kambio, Partido Aprista Peruano, Acción Popular, Fuerza Popular y Alianza para el Progreso.

El resultado de este sorteo rige por espacio de un año. Treinta (30) días antes del inicio de un nuevo año de emisión, el sorteo se realiza nuevamente y consiste en espacios gratuitos que los partidos políticos con representación en el Congreso, podrán disponer en radio y televisión nacional (Radio Nacional y TV PERÚ), para difundir sus propuestas políticas.

El espacio no electoral permitirá 
a los partidos políticos que han obtenido representación parlamentaria, presentar gratuitamente sus propuestas y planteamientos durante 5 minutos mensuales a través de los medios de comunicación de propiedad del Estado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41° de la Ley de Organizaciones Políticas ( Ley  N° 28094).

Según el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE, estos espacios a emitirse a través del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú sólo pueden ser utilizados durante período no electoral, para la difusión de sus propuestas y planteamientos, encontrándose prohibido su uso para publicidad con fines electorales.

Por esta razón, estos espacios no pueden ser propalados desde el día siguiente de la publicación del decreto que convoca a procesos electorales generales y procesos regionales o municipales en todo el ámbito nacional, hasta quince (15) días después de proclamados los resultados de dichas elecciones.

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